Reflexiones en torno al peatón (y la peatona): una visión integral

Nov 23, 2021 | Artículos, Movilidad

Peatones visión integral

 

La falta de una normatividad homologada

En el marco de garantizar la movilidad efectiva de personas, bienes y servicios –con una visión centrada en el y la ciudadana, dejando a un lado la visión “coche centrista”–, el Gobierno del Estado emite en el Diario Oficial del Estado de Yucatán la “Ley de Seguridad Vial, de fecha 24 de julio de 2020.

Para entender las condiciones que intervienen en cómo las personas habitan el espacio público, incluyendo las vías urbanas, es indispensable una revisión del marco normativo y legal vigente, ya que éste marca las directrices y actuación de la administración pública. El marco normativo debe sufrir constantes actualizaciones para alinearse a las prioridades nacionales e internacionales, siempre a través de grupos de trabajo con interesados y expertos de los distintos sectores de la sociedad.

Es de reconocer la falta de homologación de normatividad a nivel federal, que está ya en gestión a través de Normas Oficiales Mexicanas. A pesar de esto, ha resultado un área de oportunidad para que gobiernos con iniciativa, como el de Yucatán, hagan sus propias propuestas con una visión aterrizada a las condiciones particulares de su territorio.

Peatones visión integral

La jerarquía de la movilidad

Es un acierto que la Ley de Seguridad Vial plantea que garantizar “la protección de la vida y la integridad física de las personas en sus desplazamientos” es responsabilidad de todos: del Gobierno Estatal en mancuerna con los Gobiernos Municipales, con participación de los distintos sectores y de todas las personas.

De igual forma, establece la jerarquía de la movilidad, siendo la prioridad el desplazamiento de los y las peatonas, incluyendo a las personas con movilidad limitada (ver jerarquía de la movilidad). De acuerdo a otras normativas a nivel nacional que hacen referencia a esta misma jerarquía, los usuarios del servicio de transporte público de pasajeros y los prestadores del servicio deberían incluirse en la misma jerarquía. Del mismo modo, los vehículos de emergencia tienen condiciones y prioridades muy distintas a las enlistadas.

I.- Personas con movilidad limitada y peatones.

II.- Usuarios de transporte no motorizado.

III.- Motociclistas.

IV.- Usuarios del servicio de transporte público de pasajeros.

V.- Prestadores del servicio de transporte público de pasajeros.

VI.- Prestadores del servicio de transporte de carga.

VII.- Usuarios de transporte particular automotor.

Mérida y la movilidad

En Mérida, un factor ineludible es el calor, por lo que para desincentivar el uso del carro debe existir oferta de otros medios de transporte eficientes y que tengan circunstancias de desplazamiento amables a las condiciones climáticas.

Por ejemplo, no tiene que ser Paseo de Montejo para tener banquetas amplias y arboladas, dejemos de pensar que las banquetas tienen que ser de 1.50 m de ancho únicamente. La mejora de la calidad del desplazamiento del peatón va de la mano con los planes y programas de desarrollo urbano, así como a los reglamentos de construcción vigentes.

Movilidad y Espacio Público con perspectiva de género

El diseño universal del espacio público, incorporando la visión de grupos vulnerables, es indispensable. Y no hablo solamente de personas mayores o en sillas de ruedas, si usted ha tenido algún accidente que limite su movilidad lo com- prenderá. Me permito compartir que, a pesar de considerarme una persona sensible a este tema, recientemente caminé diez minutos por las banquetas en tacones y fue mi sorpresa enfrentarme a rampas de vehículos pronunciadas, adoquines desgastados o faltantes, banquetas rotas, raíces levantadas, poco tiempo para cruzar las calles (y no hablemos de la sensación de inseguridad, únicamente por ser mujer); por lo que se tiene que reconocer que las mujeres tenemos condiciones de vulnerabilidad al ejercer nuestro derecho a la movilidad y que las ciudades tienen que ser intervenidas con una perspectiva de género. Tenemos que ser mujeres diseñando espacios públicos para mujeres: mujeres en grupos de trabajo para modificar leyes y reglamentos, mujeres servidoras públicas que revisen proyectos, mujeres en la ejecución de obra, mujeres transformando ciudades.

Ahora, pensemos lo que las niñas y los niños perciben al transitar a pie, como podría ser que la vegetación no les permita ver a los vehículos. Una persona con visión limitada también requiere condiciones táctiles, referencias en jardineras, espacios amplios para transitar, que no existan obstáculos. Hablar del peatón no es referirnos a un hombre joven de 35 años que camina por la ciudad, sino a todas y todos, con nuestras diferentes edades, condiciones y capacidades, ejerciendo de forma libre y segura nuestra movilidad.

 

 

Peatones visión integral

 

Necesidades de adaptar la normatividad

Sabemos que Mérida está creciendo aceleradamente y, del mismo modo, debemos prepararnos como sociedad y como Gobierno a las rápidas y cambiantes condiciones. Los instrumentos normativos tienen que sufrir los mismos cambios para adaptarse a las nuevas formas de habitabilidad y, así, lograr mantenernos en armonía. Abrir las mesas de trabajo para sumar en el desarrollo de instrumentos normativos a técnicos y expertas fortalecerá el ejercicio de la democracia y permitirá conocer todas estas voces que necesitan ser escuchadas. De forma posterior, los instrumentos normativos tienen que ser aterrizados en acciones concretas y políticas públicas para no ser letra muerta.

Enhorabuena por la Ley de Seguridad Vial, estaremos atentos a la publicación del Reglamento de la Ley, de la instalación del Observatorio de Seguridad Vial y de las acciones del Sistema Estatal de Seguridad Vial.

 

«Se tiene que reconocer que las mujeres tenemos condiciones de vulnerabilidad al ejercer nuestro derecho a la movilidad y que las ciudades tienen que ser intervenidas con una perspectiva de género«.

 

El marco normativo referido consta de los siguientes documentos:

Ley de Seguridad Vial del Estado de Yucatán, publicado el 24 de julio de 2020. Edición vespertina. https://www.yucatan.gob.mx/gobierno/diario_oficial.php?f=2020-7-24

Nota aclaratoria de la Ley de Seguridad Vial del Estado de Yucatán, publicada el 14 de agosto de 2020. Edición matutina. https://www.yucatan.gob.mx/gobierno/diario_ oficial.php?f=2020-8-14

 

Andrea Esparza Aguiar

Andrea Esparza Aguiar

Arquitecta y Maestra en Arquitectura de Paisaje por la Universidad Marista de Mérida. Impulsora del espacio público y su normatividad. Actualmente es Directora de Infraestructura Urbana Básica en la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.

[gs-fb-comments]

Más leídos

CONTÁCTANOS

¿Quieres colaborar o contactarnos?, nos interesa tu opinión

Mándanos un correo a:

comunicacion@metropolimid.com.mx

Derechos Reservados ⎮ MetrópoliMid 2022