EN CONTEXTO… Metropolización

¿Qué se entiende por metropolización?

Se llama así a un área metropolitana que surge por el crecimiento de una ciudad importante que enlaza con una o varias ciudades próximas, que dependen de ella y/o tienen una relación de intercambio económico muy fuerte. Al decir próximas, damos a entender que no forzosamente están juntas.

En Yucatán por ejemplo, la ciudad de Mérida forma una importante área metropolitana con el puerto de Progreso, aunque físicamente sus zonas urbanizadas no están conurbadas.

 

Conceptos relacionados

La metropolización suele confundirse con el concepto de conurbación. El elemento común es que las ciudades pueden estar enlazadas físicamente; la diferencia es que no tienen una relación y/o intercambio económico. Así, dos localidades pueden estar conurbadas pero no formar parte de la zona metropolitana, es decir, no estar “metropolizadas”.

Cuando la escala del área metropolitana es de mayor extensión y puede ocupar inclusive más de una entidad federativa, se denomina región urbana, misma que se define como una aglomeración urbana a escala regional.

También es conveniente definir megalópolis, la cual, es un área urbana suprarregional formada por diversos tipos de aglomeraciones urbanas. Se considera que la característica principal es que reúne a más de 10 millones de habitantes.

¿Cuándo nace?

El concepto de metropolización nace desde los años 50’s del siglo pasado. En el continente europeo muy pronto identificaron este fenómeno y comenzaron a surgir las primeras estrategias al respecto.

En nuestro país, en cambio, aunque existen áreas metropolitanas desde el siglo pasado, solamente constaba oficial y legalmente el concepto de conurbación.

Es hasta el 29 de enero de 2016 que se publicó una reforma constitucional fundamental que definió un nuevo rumbo en la regulación y planeación de los asentamientos humanos y el desarrollo urbano. Esto dio por resultado que surgiera la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano1, publicada en el Diario oficial de la Federación el 28 de noviembre de ese mismo año, en el 2016.

Es hasta ese momento que el concepto de metropolización aparece de manera oficial dentro de nuestra regulación y planeación de los asentamientos humanos y el desarrollo urbano. Lo interesante de esta ley (que aunque en mi opinión es muy tardía) es que responde a la nueva dinámica económica y social de México e incorpora compromisos internacionales asumidos por nuestro país, como son los Objetivos de Desarrollo Sustentable (ODS) de la Agenda Urbana 2030.

¿Cuáles son los retos?

Indiscutiblemente son muchos. De los más importantes podría relacionar los siguientes:

1. Comenzar a pensar en áreas metropolitanas y no en “varios municipios juntos”.

2. Incorporar y poner en aplicación la gobernanza metropolitana.

3. Crear políticas e instrumentos para poner en marcha la reestructuración de la infraestructura y conectar así de manera más ágil toda la zona metropolitana.

4. Considerar la construcción de equipamientos a nivel metropolitano.

5. Otorgar mejores mecanismos y más fuentes de financiamiento para los fideicomisos metropolitanos.

6. Pensar en acciones de movilidad, transporte público, sistemas no motorizados y de bajo impacto ambiental para conectar la zona metropolitana.

7. Condicionar el avance de los programas de Desarrollo Urbano para los municipios, que se cuente primero con un programa de zona metropolitana en una lógica legal. Ser congruentes.

¿Cómo ven? ¿Por dónde empezamos?

 

1 LGAHOTDU, Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano (2016) [En Línea].

 

 

 Leticia Torres Mesías Estrada

Leticia Torres Mesías Estrada

Arquitecta por la UADY. Maestra en Administración Pública por la UVM. Docente en la escuela de Arquitectura de la Universidad Modelo y Productora del programa de radio Habitar y más.

E-mail: leticia.torresmesias@habitarymas.com

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